Un juez de distrito negó el amparo al capitán de navío Clímaco Aldape Utrera, con el que pretendía librar la prisión preventiva oficiosa que le dictaron por los delitos de delincuencia organizada e ilícitos en materia de hidrocarburos. Está acusado por su presunta responsabilidad de formar parte de una red de corrupción dedicada al tráfico de combustible.
En septiembre del año pasado, Aldape Utrera, junto con otros 13 integrantes de los cuales se involucra a altos mandos de la Secretaría de Marina (Semar), –entre ellos el vicealmirante y contralmirante Manuel Roberto y Fernando Farías Laguna, sobrinos políticos del ex titular de dicha dependencia, el almirante José Rafael Ojeda Durán–, además, representantes de empresas aduaneras y funcionarios de aduanas, fueron aprehendidos y sujetos a proceso penal por los delitos antes mencionados.
En aquella ocasión, el juez federal Mario Martínez Elizondo, del Centro de Justicia Penal Federal con sede en Almoloya de Juárez, los procesó por participar en los actos que permitieron que 32 barcos contrabandearan a México millones de litros de combustible procedentes de Estados Unidos.
La Fiscalía General de la República acusa al capitán Aldape Utrera, junto con el capitán Miguel Ángel Solano Ruiz, de ser el enlace entre los titulares de las aduanas, quien con el visto bueno los hermanos Manuel y Fernando Farías Laguna, que supuestamente encabezaban la red de huachicol fiscal, gestionaban los cambios de las personas involucradas en los casos de corrupción, para llevar a cabo las operaciones delictivas.
Por ello, Aldape Utrera promovió un amparo ante el juzgado tercero de distrito en materia penal en el estado de México, con residencia en Toluca, donde reclamó “la resolución del 9 de septiembre de 2025, dictada en la causa penal 325/2025, del índice del Centro de Justicia Penal Federal en el estado de México, con residencia en Almoloya de Juárez, en la que determinó dictar auto de vinculación a proceso” en su contra.
No obstante, el juez Jorge Adrián Cruz Flores le negó la protección de la justicia federal al considerar que los argumentos que la parte quejosa hizo valer, contra la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, en vía de concepto de violación, son inoperantes.
Aldape promovió un recurso de revisión contra la sentencia del juzgado tercero. El caso se turnará a un tribunal colegiado en materia penal del segundo circuito para que decida si confirma, modifica o revoca el fallo del juez.


