Congreso recibe iniciativa presidencial contra feminicidios

La Comisión Permanente del Congreso recibió de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo la iniciativa para expedir una ley general para prevenir, investigar y sancionar el delito de feminicidio, con lo cual se busca un tipo penal básico que aplique en todo el país. 

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Igualdad de Género, Justicia y Estudios Legislativos Primera del Senado para que analice esta propuesta de la mandataria nacional, la cual pretende homologar una sola ley. 

Esta iniciativa busca que las sanciones, agravantes y la reparación integral del daño apliquen con una sola ley en todo el país, con la finalidad de  garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencias. 

Sobre las sanciones se busca que estas aumenten. La prisión será de 40 a 60 años y multa de hasta 234 mil 620 pesos. También estas penas aumentarán por diversos agravantes. 

Además, queda prohibida la aplicación de criterios de oportunidad, la facultad de desistimiento de la acción penal, acuerdos reparatorios, la terminación anticipada y la aplicación de cualquier fórmula procesal que reduzca la pena.

“Las personas sentenciadas por el delito de feminicidio no tendrán derecho a los beneficios de la libertad anticipada, sustitución, conmutación de la pena o cualquier otro que implique reducción de la condena. Tampoco les serán aplicados los beneficios reliberacionales previstos en la Ley Nacional de Ejecución Penal”, indica. 

¿Qué dice el documento?

En el documento se establece textualmente que: “comete el delito de feminicidio la persona que prive de la vida a una mujer por razones de género”.

Asimismo, establece 10 razones, como, por ejemplo: signos de violencia sexual, antecedentes de violencia contra la víctima, delito motivado por estereotipos o prejuicios, contextos de asimetría de poder, entre otros. Se indica una pena de 50 a 70 años de prisión.

Se establecen 19 agravantes que aumentan la pena en una mitad: la víctima esté embarazada o viva con discapacidad; sea periodista, defensora de los derechos humanos o migrante; se cometa por una persona funcionaria pública y la víctima presenta signos de violencia como ataques con ácido o sustancias inflamables.

Además de la pena privativa de libertad, el responsable también: perderá derechos sucesorios, perderá la tutela, curatela, guarda y custodia; perderá la patria potestad; será destituido e inhabilitado para el desempeño de cualquier cargo público.  Se prohíben excusas absolutorias o atenuantes por el delito de feminicidio; el delito, su sanción y la reparación de daño son imprescriptibles, no proceden criterios de oportunidad, conmutación de pena, libertad condicionada, ni amnistías.

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