Alrededor de 13 millones de ciudadanos mexicanos participaron este domingo 1 de junio en la primera elección del Poder Judicial, donde se definió a las personas que ocuparán los cargos de ministras y ministros en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), así como a jueces y magistrados.
El proceso tuvo transformaciones relevantes tras la reforma judicial aprobada en septiembre pasado, la cual modifica la integración y procedimientos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, incluyendo la elección, duración y designación de la presidencia de los ministros.
A continuación, te explicamos los detalles clave sobre cuándo asumirán sus funciones los nuevos ministros, cuánto tiempo permanecerán en el cargo y cómo se definirá quién liderará el máximo tribunal del país, según la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, actualizada al 15 de abril de 2025.
Lo primero que se debe recordar es que tras la reforma la cantidad de ministros se reduce a nueve, de los 12 que antes la conformaban, todos ellos electos mediante voto popular en las elecciones judiciales del 1 de junio de 2025. La Corte será integrada por cinco mujeres y cuatro hombres.
Las nuevas ministras y ministros iniciarán sus funciones el 1 de septiembre de 2025. Esta fecha está estipulada en el Artículo 535 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, reformada el 15 de septiembre de 2024.
Según este artículo, los ministros deberán rendir protesta ante el Senado de la República en la fecha de instalación del primer periodo ordinario de sesiones del año de la elección, marcando el comienzo oficial de su encargo.
De acuerdo con el Artículo 94, párrafo quinto, de la Constitución, los ministros de la SCJN permanecerán en su cargo durante doce años, un periodo improrrogable que comenzará a contarse desde su toma de protesta el 1 de septiembre de 2025.
El mismo artículo señala que ninguna persona que haya sido ministra podrá ser reelecta para un nuevo periodo, salvo en casos de designaciones interinas o provisionales, lo que refuerza la renovación periódica del máximo tribunal.
Definición de la presidencia de la SCJN
La elección del presidente de la Suprema Corte ha cambiado significativamente con la reforma constitucional de 2024. Según el Artículo 94, párrafo tercero, la presidencia de la Corte se renovará cada dos años de manera rotatoria, y el cargo será asignado al ministro que haya obtenido el mayor número de votos en la elección popular del 1 de junio de 2025.
Este mecanismo elimina la elección interna por parte del Pleno de la Corte, que era el procedimiento previo, y vincula directamente la presidencia con los resultados de la votación ciudadana. Posteriormente, la presidencia rotará entre los ministros en orden descendente de votos, asegurando una transición ordenada y transparente.
¿Pueden ser removidos los ministros? ¿qué ocurre en ese caso?
Según la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los ministros de la SCJN sólo pueden ser removidos en los términos establecidos en el Título Cuarto de la Constitución. Las causas específicas incluyen juicio político por actos graves, delitos cometidos durante el encargo, renuncia por causas graves, avalada por el Senado.
Si un ministro es removido por juicio político, renuncia o fallece, la vacante será ocupada por la persona del mismo género que obtuvo el siguiente lugar en número de votos en la elección para ese cargo. Si esta persona declina o no puede asumir el cargo, se seguirá el orden de prelación según la votación. La persona sustituta tomará protesta ante el Senado y desempeñará el cargo por el periodo restante del encargo original (doce años).
Aunque los ministros no pueden ser destituidos directamente por el Tribunal de Disciplina Judicial (esto solo aplica a magistrados de circuito y jueces de distrito), sí pueden ser sujetos de sanciones administrativas por faltas no graves, como amonestaciones o sanciones económicas, impuestas por los órganos internos de control o la Auditoría Superior de la Federación, según corresponda.
¿Cuál es el contexto de la reforma judicial?
La reforma judicial de 2024, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2024, introdujo la elección popular de los ministros de la SCJN, un cambio histórico que busca democratizar el acceso a los cargos judiciales.
Este proceso, regulado por el Artículo 96 de la Constitución, establece que los candidatos son postulados por los tres Poderes de la Unión (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) y seleccionados mediante voto libre, directo y secreto de la ciudadanía. Esta transformación refleja un esfuerzo por acercar el Poder Judicial a la población y garantizar mayor transparencia en su integración.