Aunque para este 2026 el SAT haya descartado la realización de auditorías masivas a los contribuyentes, además de otros anuncios que ha tenido que desmentir de cara a la presentación de la Declaración Anual 2025, esta semana lanzó un aviso urgente en referencia a los procesos de auditorías que sí realizará, con el objetivo de mejorar las prácticas de transparencia al llevarse a cabo estos procesos.
Para ello, informó cuáles serán las auditorías que realice a los contribuyentes, dependiendo el tipo de conducta que tenga en cuanto a este rubro.

¿A quiénes hará auditoría el SAT en 2026?
De acuerdo al comunicado, se informa que el SAT establece condiciones equitativas para la inversión y “brinda certidumbre jurídica a las y los contribuyentes, por lo que da a conocer mejores prácticas de transparencia para 2026″.
Entre estas prácticas están no sólo la publicación del Plan Maestro 2026 denominado “Atención al contribuyente y fiscalización“, sino también a aquellos a los que auditará, en caso de realizar las siguientes conductas:
- Que celebren operaciones con factureras o nomineras
- Que presenten pérdidas fiscales recurrentes
- Que simulen o abusen de deducciones
- Que obtengan ingresos que no son declarados
- Que abusen de estímulos fiscales
- Que presenten inconsistencias entre lo que importan o compran y lo que venden
- Que importen productos con precios por debajo del mercado e incumplan con regulaciones o restricciones arancelarias
- Que no paguen retenciones por sus empleados
- Que realicen operaciones con paraísos fiscales
- Que soliciten devoluciones improcedentes
- Que paguen menos impuestos en tasa efectiva comparado con su sector
En el documento que emitió el SAT este 5 de enero, se indica que se “garantizará la misma aplicación y criterios en cualquier oficina del SAT del país respecto a procedimientos, materialidad, mercadotecnia, importaciones, regulaciones no arancelarias, así como permisos, certificaciones y autorizaciones de comercio exterior”.

¿Cuándo se hará la devolución?
Según lo establecido en el comunicado del SAT, los tiempos de devolución para personas físicas se realizarán en promedio en 5 días, y para empresas en 30 días. El plazo establecido en la ley es de 40 días hábiles.
Además, indica que en caso de denuncia, deberás escribir un correo electrónico a denuncias@sat.gob.mx o llamar a los números 556272 2222 o al 62722728, opción 8.
Los síndicos autorizados deberán consultar el directorio en gob.mx/sat en el siguiente link: http://aplicacionesc.mat.sat.gob.mx/sapsnet/publico/ConsultaSindicos.aspx. Con esto se optimizarán los recursos del sistema tributario mexicano para 2026, con menos auditorías y mayor recaudación, garantizando “piso parejo en el cobro de contribuciones”.


