Endurecen penas contra delitos ambientales; hasta 20 años de prisión y clausura de actividades de empresas

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Por unanimidad, las comisiones de Justicia y Estudios Legislativos del Senado avalaron una reforma para endurecer las penas contra delitos ambientales, las cuales llegarán hasta 20 años de prisión y multas económicas que sobrepasan el millón de pesos. 

Por primera vez, con esta reforma que pasa hoy al Pleno, las empresas que participen en delitos ambientales serán responsables penalmente y se les sancionará con suspensión de actividades, clausura de instalaciones, inhabilitación para contratar, intervención judicial y otros. 

Asimismo, se impondrán sanciones económicas por poco más de 1.1 millones de pesos cuando se afecten áreas naturales protegidas o se usen medios violentos, tales como los que utiliza el crimen organizado. También se incrementan las sanciones por pesca ilegal y daño a especies en peligro de extinción. 

De la misma forma se consideran delitos contra el ambiente y gestión ambiental como descargas contaminantes, tráfico de especies, tala ilegal, incendios forestales, desmontes sin autorización y otros. 

Foto: Cuartoscuro

Se adicionan tipos penales contra el ambiente y delitos contra la autoridad al catálogo de conductas. Se impondrá prisión por violación de sellos y desobediencia a la autoridad, ya que actualmente solo se le aplica sanción para que hagan trabajo social. 

¿Qué partidos se sumaron a favor del dictamen?

Las bancadas del PAN, PRI, MC, Morena, PT y PVEM votaron a favor del dictamen, pero la única abstención fue de la senadora morenista Martha Lucia Micher Camarena por tener varias dudas en torno al dictamen. Está reforma es a diversas disposiciones del código penal federal en materia de delitos contra el ambiente y la gestión ambiental. 

La minuta fue enviada por la Cámara de Diputados y busca disuadir al sujeto activo, y para ello se propone endurecer las penas, esto no con el afán único de implementar castigos más severos, sino como se ha dicho de incidir de forma positiva en la conducta de los sujetos activos y lograr disuadirlos y del mismo modo, y buscando ampliar la forma en cómo los sujetos activos, tomen responsabilidad de los hechos cometidos se ha considerado a la persona jurídica como responsable, la afectación y comisión de diversas conductas delictivas en las que derivado de la actividad propia de la persona moral, causa daño al medio ambiente, recursos naturales, incluyendo flora y fauna, ya sea por falta de prevención a la hora de aplicar las medidas de seguridad o bien, porque de forma deliberada ordene su realización.