Avala Congreso de Oaxaca designación de presidentes municipales en Valles Centrales y Sierra de Juárez

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San Raymundo Jalpan, Oax.- En Sesión Extraordinaria, el Parlamento Local aprobó dos dictámenes presentados por la Comisión Permanente de Gobierno y Asuntos Agrarios, mediante los cuales se designaron autoridades municipales en la Región de Valles Centrales y Sierra de Juárez.

Con 31 votos se declaró procedente la designación del ciudadano Jesús Antonio Gómez Gómez como Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Santiago Tenango, Etla, para el periodo comprendido del 12 de noviembre al 31 de diciembre de 2025, con todas sus prerrogativas, derechos y obligaciones.

Lo anterior, derivado del fallecimiento de quien ostentaba dicho cargo, Ciudadano Félix López Castellanos, situación que fue conocida y formalizada por el Ayuntamiento en Sesión Extraordinaria de Cabildo, acreditada con el acta de defunción correspondiente.

Por otra parte, con 32 votos se avaló la designación del ciudadano Marcos Díaz Jiménez como Presidente Municipal del Ayuntamiento Constitucional de Santa María Tlahuitoltepec, Mixe, con todas sus atribuciones, prerrogativas y obligaciones, para el periodo comprendido del 30 de octubre al 31 de diciembre de 2025.

La determinación se originó tras el fallecimiento del Presidente Municipal propietario, Ciudadano Francisco Díaz Martínez, por lo cual, en Sesión Extraordinaria de Cabildo, el suplente respectivo aceptó el cargo y rindió la protesta de ley, conforme al procedimiento legal establecido.

Tras analizar los expedientes CPGAA/292/2025 y CPGAA/291/2025 correspondientes, y constar el cumplimiento de los requisitos y con lo dispuesto en el artículo 86 párrafos primero y tercero de la Ley Orgánica Municipal, la Comisión Permanente de Gobierno y Asuntos Agrarios avaló emitir las declaratorias correspondientes.

El Congreso del Estado deberá informar de estos cambios a la Secretaría de Gobierno (Sego), Secretaría de Finanzas (Sefin), Auditoría Superior de Fiscalización del Estado (ASFE) y a los ayuntamientos mencionados para los efectos correspondientes.